FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VIVERO RUBEN EDGARDO S/APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda ejecutiva contra Rubén Edgardo Vivero por cobro de $19.036,20 en concepto de acreencias fiscales. El Tribunal hizo lugar al apremio provincial, ordenando la ejecución y condena al pago del capital adeudado más intereses y costas procesales.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Rubén Edgardo Vivero
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de suma de dinero por $19.036,20 (diecinueve mil treinta y seis con 20/100) más intereses, costos y costas, mediante procedimiento de apremio provincial conforme a Ley 13.406.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda ejecutiva, ordenando llevar adelante la ejecución promovida por el Fisco contra Rubén Edgardo Vivero hasta hacerse íntegro pago del capital reclamado.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE ZARATE
- NRO. 677
- LOC. AVELLANEDA
- SARANDI conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)."
El Tribunal fundamentó la condena en la inactividad procesal del ejecutado, quien no opuso excepciones legales dentro del plazo establecido, lo que configuró su pérdida del derecho de defensa. La resolución se dictó de conformidad con lo pedido y conforme a los Arts. 1, 7, 10, 11 de la Ley 13.406 (Ley de Procedimiento en lo Tributario).
Se impusieron costas a la parte demandada por su carácter de vencida, conforme Arts. 68 y 556 del CPCC y Art. 25 de la Ley 13.406, difiriéndose la regulación de honorarios para momento procesal oportuno. Asimismo, se constituyó domicilio legal en los estrados del Juzgado conforme Arts. 7 y 13 de la Ley 13.406.
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