Logo

CID DE LA PAZ PABLO C/ MUNICIPALIDAD DE LA PLATA Y OTRO/A S/ AMPARO

El actor promovió amparo contra la Municipalidad de La Plata y la Provincia de Buenos Aires a fin de obtener la licencia de conductor, siendo obstaculizado por la exigencia de libre deuda de infracciones de tránsito. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 10 inciso 3 del Anexo II del Decreto 532/09, ordenando expedir la licencia sin tal recaudo.

Amparo Licencia de conductor Inconstitucionalidad Decreto 532/09 Infracciones de transito Libre deuda Seguridad vial Arbitrariedad administrativa Derechos constitucionales Recaudo patrimonial irrazonable

Quién demanda: Cid de La Paz Pablo

¿A quién se demanda?

Municipalidad de La Plata y Provincia de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La expedición de licencia de conductor, cuya renovación era negada por la existencia de infracciones de tránsito no saldadas. El actor alegaba que tres infracciones figuraban en su registro: una no cometida por no ser titular del vehículo, otra cuya autoría desconocía por falta de dominio del automotor, y una tercera reconocida pero que consideraba exigible de cobro por la Provincia de Entre Ríos donde se cometió. Solicita asimismo se declare la inconstitucionalidad del inciso 3 del artículo 10 del Anexo II del Decreto 532/09.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la acción de amparo y declaró la inconstitucionalidad del artículo 10 inciso 3 del Anexo II del Decreto 532/09, ordenando la expedición de la licencia de conducir sin exigencia de libre deuda de infracciones de tránsito. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal se basó en precedentes jurisprudenciales previos de idéntica configuración fáctica, especialmente la causa 63.466 "Sales" (sentencia del 24-9-2019, confirmada en Alzada por resolución del 12-12-2019), donde ya se había resuelto favorablemente en términos similares. "Conforme se desprende del relato partidario, la controversia bajo examen requiere determinar si la conducta del Municipio demandado, al exigir libre deuda por infracciones de tránsito como recaudo habilitante para expedir la licencia de conductor solicitada por el aquí accionante, resulta arbitraria o ilegítima." El Tribunal sostuvo que la norma cuestionada impone "un recaudo patrimonial irrazonable, que no se encuentra previsto en la ley que reglamenta -Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires n° 13.927-, ni guarda una adecuada relación con el interés jurídico protegido (la seguridad vial)." La Cámara del fuero había establecido que "vedar el acceso a obtener una licencia de conductor, por el simple hecho de constatar la existencia de deuda insatisfecha por infracciones de tránsito, marginando las circunstancias en que aquella fue impuesta, desnuda un propósito que difiere notoriamente del que se predica por las demandadas, relativo a la salvaguarda de la seguridad vial, pues además de lo expuesto, no se advierte de qué modo ese bien quedaría a resguardo por el solo hecho de haberse abonado la deuda, sin más" (CCALP, causa nº 23173, "Martinelli", sent. del 11-IV-2019). El Tribunal concluyó que la exigencia de libre deuda constituye una limitación arbitraria que viola derechos constitucionalmente reconocidos (arts. 28, 43 C.N.; 20 inc. 2 Const. Prov.; 1º, 5, 14 ley 13.928). Condena en costas: Se impusieron las costas a ambas codemandadas en su condición de objetivamente vencidas. Se regularon honorarios al letrado patrocinante Dr. Horacio Martín Ozafraín en 20 IUS más el 10% correspondiente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar