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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RAMIREZ ALEJANDRA VERONICA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Alejandra Verónica Ramírez por cobro de deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó la ejecución del deudor hasta el pago íntegro de $45.725,30 más intereses.

Apremio provincial Deuda fiscal Ejecucion Falta de oposicion Intereses Ley 13.406 Capital reclamado Procedimiento ejecutivo Cobro coactivo Provincia de buenos aires

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Alejandra Verónica Ramírez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de deuda fiscal por capital de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 30/100 ($45.725,30) más intereses, mediante procedimiento de apremio provincial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda del Fisco, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor Alejandra Verónica Ramírez haga integro pago del capital reclamado más intereses. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." El tribunal fundamentó la decisión en la falta de oposición de excepciones por parte de la demandada dentro del plazo legal, lo que determinó la pérdida del derecho de defensa. Conforme a lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406, se ordenó llevar adelante la ejecución. Respecto de los intereses, el tribunal estableció que éstos serían "calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda (conforme art. 95 ult. Pfo. ley 13.405), o a partir del día hábil siguiente si este fuera inhábil conforme arts. 6 y 7 del anexo I) del Acuerdo 3886/18 de la SCBA y hasta el del efectivo pago, el que no podrá exceder, en el momento de su fijación, de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%)".

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