FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SUSTERSICH RICARDO EZEQUIEL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Ricardo Ezequiel Sustersich por una deuda de $1.807.559,60. El Tribunal ordenó la ejecución de la sentencia y mandó llevar adelante el remate hasta tanto el deudor integre el pago del capital reclamado más intereses.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Ricardo Ezequiel Sustersich
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de deuda de capital por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 60/100 ($1.807.559,60) en un procedimiento de apremio provincial.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor Ricardo Ezequiel Sustersich haga íntegro pago al Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor RICARDO EZEQUIEL SUSTERSICH haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 60/100 ($1.807.559,60) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda." El interés anual no podrá exceder, en el momento de su fijación, de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), que será establecido por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (conf. art. 104 de la Ley 10.397 texto actualizado según Ley 14.394).
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