FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SERVICAMPO TANDIL S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió incidente de homologación de acuerdo de pago contra SERVICAMPO TANDIL S.A. en materia de apremio provincial. El Tribunal homologó judicialmente el acuerdo conforme al artículo 23 de la Ley 13.406, reconociendo la firma del acuerdo y fijando honorarios para el letrado del Fisco.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
SERVICAMPO TANDIL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación judicial de acuerdo de pago oportunamente presentado en el marco de un proceso de apremio provincial
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar al incidente de homologación, reconociendo la firma inserta en el acuerdo de pago y homologando el mencionado acuerdo con los alcances previstos en el artículo 23 de la Ley 13.406. Asimismo, se fijaron los honorarios del letrado representante del Fisco Provincial, SALA AGUSTÍN, en la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 24/100 ($2.572.985,24).
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal, en el primer considerando, ordenó agregar la presentación en despacho mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicitaba la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado. Seguidamente, la sentencia resolvió: "I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.
- II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-"
Los honorarios fueron fijados "conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716."
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