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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARECOS KARINA ALEJANDRA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió incidente de apremio provincial contra Karina Alejandra Marecos por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución condenando a la demandada al pago de $2.006.368,10 más intereses, por no haber opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal.

Apremio provincial Deuda fiscal Ejecucion Fisco Incidente Inaccion procesal Intereses Quilmes Resolucion 10/24 Ley 13.406

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Karina Alejandra Marecos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de deuda fiscal por la suma de PESOS DOS MILLONES SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 10/100 ($2.006.368,10), en concepto de capital reclamado, más intereses.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución contra Karina Alejandra Marecos hasta hacerse íntegro pago al Fisco de la Provincia de Buenos Aires de la suma de capital mencionada, más los intereses aplicables conforme lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda hasta la fecha de efectivo pago. Fundamentos principales de la decisión: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE MORENO
- NRO. 546
- PISO PB
- CP. 1878
- LOC. QUILMES, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra KARINA ALEJANDRA MARECOS, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS DOS MILLONES SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 10/100 ($2.006.368,10), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." Se condenó al pago de costas a la demandada vencida, postergándose la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13.406 (modif. 15016).

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