FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BABIO CARMEN BEATRIZ Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Carmen Beatriz Babio y Ramón de Jesús Ortiz por deuda tributaria. El Tribunal ordenó la ejecución por la suma de $2.534.683,50 más intereses, tras el incumplimiento de la intimación de pago y la falta de opción de excepciones legítimas.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Carmen Beatriz Babio y Ramón de Jesús Ortiz
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de deuda tributaria provincial por la suma de Pesos Dos Millones Quinientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Tres con 50/100 ($2.534.683,50), en concepto de capital reclamado.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra los demandados hasta hacerse íntegro pago al Fisco de la Provincia de Buenos Aires de la suma mencionada, más intereses conforme a lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y sus modificatorias, desde la interposición de la demanda hasta la fecha de efectivo pago.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe de los mandamientos de intimación de pago obrantes en autos, diligenciados en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE 879
- NRO. 4386
- CP. 1881
- LOC. SAN F. SOLANO, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)."
El Tribunal aplicó lo dispuesto por los artículos 9, 10 y 11 de la ley 13.406 (régimen de apremio provincial) y 540 del CPCC, ordenando la ejecución al no haber la parte demandada presentado defensa alguna dentro del plazo legal. Los intereses devengados se aplicarán conforme a lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y sus modificatorias, según lo dispuesto en los artículos 86, 96 y 104 del Código Fiscal (T.O. 2011).
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