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DIAZ BRAULIA Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declara heredera universal a Andrea Fabiana ROLDAN en las sucesiones ab-intestato de Braulia DIAZ y Anselmo Rafael ROLDAN. El Tribunal reconoció su calidad de heredera forzosa conforme a los artículos del Código Civil y tras verificar la publicación de edictos sin objeciones de terceros.

Sucesion ab-intestato Heredera universal Derecho sucesorio Edictos Heredera forzosa Bienes gananciales Bienes propios Conyuge superstite Proceso sucesorio

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Andrea Fabiana ROLDAN (pretensa heredera) A quién se demanda (Demandado): Sucesión ab-intestato de Braulia DIAZ y Anselmo Rafael ROLDAN Qué se reclama (Objeto de la demanda): Declaración de heredera universal en las sucesiones ab-intestato de su madre Braulia DIAZ (fallecida el 07/04/2012) y su padre Anselmo Rafael ROLDAN (fallecido el 06/10/2018) Qué se resolvió (Decisión del tribunal): Se declaró a Andrea Fabiana ROLDAN como heredera universal en carácter de universal heredera en ambas sucesiones. Respecto de la sucesión de Anselmo Rafael ROLDAN, se reconoce el derecho hereditario del viudo sobre los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de lo que la ley le acuerda respecto de los bienes gananciales. Fundamentos principales de la decisión: "Con el certificado de defunción agregado como adjunto pdf al escrito caratulado DEMANDA
- SE PRESENTA, se acredita el fallecimiento de BRAULIA DIAZ, ocurrida el 07/04/2012." El causante había contraído matrimonio con ANSELMO RAFAEL ROLDAN el día 21/02/1964. "Con el certificado de defunción agregado al DEMANDA
- SE PRESENTA, acredita el fallecimiento de ANSELMO RAFAEL ROLDAN ocurrido con fecha 06/10/2018." "De la unión de ambos causantes nació: Andrea Fabiana ROLDAN." El Tribunal verificó que se cumplió con la publicación de edictos conforme al artículo 734 inc. 2º del CPCC., publicado el 26/03/2026, sin que existieran objeciones de terceros. "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, 3545 y 3570 Código Civil -vigentes al momento del fallecimiento del causante
- y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Braulia DIAZ le suceden en carácter de universales herederos su hija Andrea Fabiana ROLDAN y su cónyuge Anselmo Rafael ROLDAN, este último respecto de los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de lo que la ley le acuerda respecto de los bienes gananciales; y que por fallecimiento de Anselmo Rafael ROLDAN -de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2433 y 2435 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC
- le suceden en carácter de universales herederos su hija: Andrea Fabiana ROLDAN."

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