EDESUR S.A. C/ CARABAJAL MIRTA S/ COBRO EJECUTIVO
Edesur S.A. promovió cobro ejecutivo contra Mirta Carabajal por deuda de servicios. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando el pago de $125.399,75 más intereses, al no oponer excepciones la demandada.
Quién demanda: Edesur S.A.
¿A quién se demanda?
Mirta Carabajal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por suma de dinero de $125.399,75 (son pesos ciento veinticinco mil trescientos noventa y nueve con 75/100) derivada de deuda de servicios.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la ejecución y mandó llevar adelante el cobro ejecutivo hasta tanto el ejecutado Mirta Carabajal haga al acreedor Edesur S.A. íntegro pago de la suma reclamada. Fundamentos principales: "Atento al resultado del mandamiento que se diligenciara a la accionada en su domicilio de la calle Liniers N° 1343 de la localidad de Tristan Suarez y no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 155 y 166 del C.P.C.C.)." El tribunal fundamentó su decisión en la falta de oposición de excepciones por parte de la demandada dentro del plazo legal establecido, lo que configuró la pérdida del derecho de defensa. La sentencia se dictó conforme a los arts. 540, 548 y 549 del C.P.C.C. La deuda se devengará con intereses desde la fecha de mora operada al vencimiento de cada período reclamado hasta el efectivo abono, según la tasa que contemplen las disposiciones legales referidas en la demanda y/o en el título base de la ejecución, siempre que no supere una vez y media la tasa Activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta días en pesos (arts. 767, 768, 769, 771 del C.C.yC.). Se condenó a costas a la demandada conforme a los arts. 68 y 556 del C.P.C.C.
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