CREDINEGOCIOS MOSCASIL S.A.. C/ ISEA, LUIS OSCAR S/COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo por pagaré incumplido por $199.070. El Tribunal ordenó continuar la ejecución contra el deudor y trabó embargo sobre sus remuneraciones al 20% del ingreso neto, con límite a intereses del 1,5 veces la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Quién demanda: CREDINEGOCIOS MOSCASIL S.A., representada por el Dr. Silva Mauricio David.
¿A quién se demanda?
ISEA LUIS OSCAR.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL SETENTA CON 0/100 ($199.070,00), más intereses, sustentado en un pagaré "sin protesto" librado el 10/04/2024 con vencimiento el 10/05/2024.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal ordenó continuar la presente ejecución hasta que ISEA LUIS OSCAR abone a CREDINEGOCIOS MOSCASIL S.A. la suma de $199.070,00 más intereses y costas. Se trabó embargo sobre las remuneraciones del ejecutado en su empleador SOUTHERN SEEDS PRODUCTION S.A. al 20% del ingreso neto mensual, siempre que supere el doble del salario mínimo vital y móvil, caso contrario al 10%. Fundamentos principales: "Que, cumplida en forma la intimación de pago y citación a oponer excepciones, conforme surge de las diligencias acompañadas en PDF en fecha 15/5/2026, el ejecutado no ha opuesto excepciones dentro del plazo legal, el cual se encuentra vencido según informe verbal de la Actuaria en este acto (art. 116 CPC). En consecuencia, corresponde tenerlo por decaído en el derecho que dejó de ejercer en tiempo oportuno." "Que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 540 y 549 del CPC, corresponde continuar la presente ejecución hasta que la parte ejecutada abone a la parte actora la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL SETENTA CON 0/100 ($199.070,00), más los intereses y costas correspondientes." "Que, en cuanto a los intereses estipulados por las partes en el instrumento base de la acción, cabe tener presente que conforme criterio sustentado por nuestro Superior Departamental, debe aplicarse el límite que entre intereses compensatorios y punitorios no superen el equivalente a una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento (Conf. autos: Banco Industrial S.A. C/ Yarati Paredes Hilaria Ramona S/ Cobro Ejecutivo, Expte. n°: JU-11327-2018 N° Orden: 140, LS nº: 61, del 04/08/2020)."
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