DNM c/ LLANOS CARRASCO EMILY MILAGROS - EX 26456/22 - DISPO 59482/23 s/MEDIDAS DE RETENCION
La DNM apeló la decisión del Juzgado N°12 que se declaró incompetente para entender en la medida de retención de la migrante Llanos Carrasco. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la incompetencia territorial y desestimó el recurso, argumentando que corresponde al juzgado federal de La Plata.
Actor: Dirección Nacional de Migraciones (DNM) Demandado: Juzgado N°12 del Fuero Objeto: Competencia para tramitar medidas de retención de la migrante Llanos Carrasco Decisión: Se confirma la incompetencia territorial del juzgado de primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 25.871 no prevé una regla atributiva de jurisdicción en razón del territorio para la tramitación de las solicitudes de retención, por lo que, a efectos de suplir ello, cabe estar a las reglas generales establecidas en el CPCCN." "El domicilio de la accionante no basta para justificar la intervención de este Fuero, puesto que, de lo contrario, resultaría superflua la organización de la justicia federal dispuesta por el Congreso de la Nación." "La decisión adoptada por el señor juez de grado del Fuero de declarar su incompetencia en razón del territorio y disponer su giro a la Cámara Federal de La Plata, se ajusta a derecho."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: