MARTINELLI HUGO AUGUSTO C/ SCHWAB MARTA AHYDEE Y OTRO/A S/ ACCION REIVINDICATORIA
El actor promovió demanda reivindicatoria respecto de un inmueble ubicado en Avenida Colón Nº 4592 de Olavarría, ocupado por los demandados durante más de 40 años. El Tribunal hizo lugar a la acción, rechazó la prescripción adquisitiva invocada por los demandados y reconoció su derecho a compensación por mejoras con facultad de retención.
Quién demanda: Hugo Augusto Martinelli en representación propia y de otros herederos y cesionarios de los titulares registrales del inmueble.
¿A quién se demanda?
Marta Hyadee Schwab y Juan Jose Albarellos, quienes ocupan el inmueble desde 1970.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La restitución del inmueble ubicado en Avenida Colón Nº 4592 de Olavarría, cuyo dominio fue cedido al demandante en 1994 como parte de la distribución del acervo hereditario de Pedro María Cataldi.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la acción reivindicatoria, rechazó la excepción de prescripción adquisitiva interpuesta por los demandados, reconoció el derecho de éstos a compensación por mejoras realizadas en la propiedad, y les otorgó derecho de retención sobre el inmueble hasta el pago de dichas mejoras. Se impusieron costas en un 80% a los demandados y 20% al demandante. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal determinó que la posesión de los demandados, si bien fue prolongada (más de 40 años), no resultó pacífica en los términos legales requeridos para la prescripción adquisitiva. Conforme se expresó en los Considerandos: "A tenor de lo aquí examinado, tengo por acreditado que Albarellos padre y su familia comienzan a ocupar el inmueble de autos como préstamo y en virtud de la relación laboral que lo unía con su titular registral. Que en varias oportunidades el inmueble fue objeto de negociación con su empleador y luego los sucesores de éste, no obstante, ninguna se concretó. Bajo esta línea argumental, el paso del tiempo no purga el carácter vicioso de la ocupación. Si bien la familia Albarellos pudo haber actuado con ánimo de dueño, su posesión no ha sido pacifica." El Tribunal destacó que desde los años 90, Albarellos padre reconoció el dominio en cabeza de otro al pretender comprar el bien o recibirlo en pago, lo cual fue posteriormente confirmado cuando el proceso de usucapión fue rechazado por sentencia del 9 de noviembre de 2018 y confirmado por la Sala 1 de la Cámara Departamental. El convenio laboral celebrado en diciembre de 1999 ante el Ministerio de Trabajo evidenció que se intentó compensar la indemnización por despido de Albarellos con la transferencia del inmueble, pero Martinelli nunca otorgó la escritura traslativa de dominio en el plazo de 180 días pactado, generando un incumplimiento que llevó a la quiebra de Diesel Olavarría S.A. y al depósito del crédito laboral. Respecto a las mejoras, el Tribunal acreditó mediante prueba pericial que se realizaron construcciones por aproximadamente 67,21 m² adicionales, incluyendo refacciones en cocina, cambio de aberturas, construcción de churrasquera con baño de 4m x 6m. El Tribunal reconoció el derecho a indemnización por mejoras necesarias y útiles conforme al artículo 1938 del Código Civil y Comercial de la Nación, diferiendo la cuantificación definitiva a la etapa de ejecución. Asimismo, considerando especialmente la situación de vulnerabilidad de la codemandada Marta H. Schwab (82 años de edad), el Tribunal otorgó derecho de retención sobre el inmueble hasta el pago de las mejoras, citando jurisprudencia reciente de la Cámara Departamental (Causa nº 2-74322-2025 "Mendioroz") y la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de Personas Mayores.
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