BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ACEVEDO ERNESTO EVER S/ COBRO EJECUTIVO
Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo contra Acevedo Ernesto Ever por incumplimiento de obligaciones derivadas de tarjetas de crédito y préstamo bancario. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto se haga efectivo el pago de $ 546.236,11 más intereses.
Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Acevedo Ernesto Ever
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incumplimiento de obligaciones asumidas mediante títulos ejecutivos consistentes en: (i) saldo deudor tarjeta VISA Nº 1192234965 por $61.554,07 con pase a mora el 2/10/2023; (ii) saldo deudor tarjeta MASTERCARD Nº 1453949 por $95.172,36 con pase a mora el 1/11/2023; (iii) saldo deudor de préstamo bancario por $389.509,68 con pase a mora el 31/12/2023.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires contra Acevedo Ernesto Ever hasta tanto el deudor haga efectivo el pago íntegro del capital reclamado de $546.236,11, con más los intereses que se liquidarán conforme lo establecido en el decisorio.
Fundamentos principales:
"La parte demandada debidamente intimada conforme surge del informe del 12/10/2025 21:50:24 Firmado por: DAMILANO Diego Dario (20334884008) Presentado por: OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES
- MORON en la calle Ofelia Ojeda 2733 conforme descripción de la loc. de William Morris, Y pdo. de Hurlingham Provincia de Buenos Aires no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto en virtud del art. 116 del rito. Por lo tanto, se da por perdido el derecho que ha dejado de usar, conforme art. 155 del CPCC. Consecuentemente debe continuarse la ejecución hasta tanto el deudor haga efectivo pago al acreedor de la suma reclamada (art. 549 del CPCC)."
Con relación a los intereses en las tarjetas de crédito: "Se aplicarán los pactados en el contrato de emisión de tarjeta de crédito desde las fecha de mora hasta su efectivo pago, siempre que por todo concepto no superen la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación (art. 16, 20,21 y cctes de la ley 25065)."
Respecto del préstamo bancario: "Respecto del contrato de préstamo bancario, y toda vez que los porcentajes de los intereses se encuentran en blanco, corresponde aplicar desde la fecha de la mora la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación."
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