GINOSSI CARLOS OMAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
El Tribunal declaró herederos del causante Carlos Omar Ginossi a su hermano Alberto Enrique Ginossi y a los sobrinos Elizabeth Noemi, Ricardo Marcelo y Verónica Patricia Ginossi en representación de su padre premuerto. La decisión se basó en la acreditación del fallecimiento, estado civil soltero sin descendencia y la aplicación de las normas sucesorias del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: No aplica en proceso sucesorio ab-intestato.
¿A quién se demanda?
No aplica en proceso sucesorio ab-intestato.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos del causante Carlos Omar Ginossi, fallecido el 22 de julio de 2022, quien falleció siendo soltero y sin descendencia conocida.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró que por fallecimiento de Carlos Omar Ginossi le suceden en carácter de universales herederos su hermano Alberto Enrique Ginossi y sus sobrinos Elizabeth Noemi, Ricardo Marcelo y Verónica Patricia Ginossi, en representación de su padre premuerto Ginossi Marcelo Alfredo. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró acreditado mediante certificado de defunción que Carlos Omar Ginossi falleció el 22 de julio de 2022. Se estableció que "ésta era de estado civil soltero, sin descendencia conocida", lo que determinó que no tuviera herederos en línea recta descendente. Asimismo, se acreditó mediante partidas de defunción que sus progenitores Tortorella Celmira Iris y Ginossi Enrique Alberto habían fallecido previamente, así como sus hermanos Héctor Mauricio Ginossi (fallecido 27/06/2011) y Jorge Alberto Ginossi (fallecido 05/06/2013), conforme a las declaratorias de herederos dictadas en los expedientes sucesivos citados. Se verificó la existencia de un hermano vivo, Alberto Enrique Ginossi, y de sobrinos que heredan en representación de su padre premuerto Marcelo Alfredo Ginossi. De conformidad con "lo dispuesto por los arts. 2438, 2439, 2440, y cctes. del Código Civil y de Comercio, 735 y 737 del C.P.C.C.", se dictó la declaratoria de herederos, acreditándose además mediante diarios y recibos electrónicos de fecha 06/03/2024 la publicación de edictos conforme al art. 734 del ritual, cuyo resultado fue negativo.
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