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IMPUTADO: C., Z. Y OTRO s/INFRACCION LEY 22.415

C. Z. y L. L. fueron sobreseídos en una causa por contrabando de divisas. El Juzgado Penal Económico confirmó el sobreseimiento al no encontrar elementos que acrediten la existencia de una maniobra de ocultamiento.

Contrabando Divisas Sobreseimiento Juzgado penal economico Ley 22.415 Procedimiento aduanero Prueba insuficiente Ministerio publico fiscal Control aduanero Egreso de divisas


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

C. Z. y L. L.
- Objeto de la demanda: Infracción a la Ley 22.415 (contrabando de divisas).
- Decisión del tribunal: Se sobresee a C. Z. y L. L. por falta de pruebas que acrediten el contrabando.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No se advierte la realización de acto alguno con entidad suficiente para sustraer las divisas del debido control aduanero." "La detección de las divisas no obedeció al descubrimiento de un mecanismo sofisticado de ocultamiento." "Las constancias reunidas en el sumario no permiten tener por acreditada la existencia de una maniobra ardidosa o engañosa."

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