FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ NETO CARLOS ADRIAN S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de apremio contra Carlos Adrian Neto por la suma de $29.197,80 por incumplimiento de obligación fiscal. El Tribunal hizo lugar a la demanda y mandó llevar adelante la ejecución, condenando al demandado al pago del capital más intereses y costas.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Carlos Adrian Neto
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de suma de dinero por la cantidad de Pesos Veintinueve Mil Ciento Noventa y Siete con 80/100 ($29.197,80) en concepto de deuda fiscal, mediante procedimiento de apremio provincial, con más intereses, costos y costas.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio y mandó llevar adelante la ejecución contra el demandado.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE REPUBLICA ARGENTINA
- NRO. 2220
- LOC. ALMIRANTE BROWN
- BURZACO conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)."
El Tribunal ordenó: "de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406" que "Esta causa de trance y remate, mandando a llevar adelante la ejecución promovida por el FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra CARLOS ADRIAN NETO, hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de Pesos VEINTINUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 80/100 ($29.197,80), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el Art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011), desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago."
Se impusieron las costas al demandado por su carácter de vencido, diferiendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno.
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