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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SCIORRA ANGEL DOMINGO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Ángel Domingo Sciorra por el pago de $1.039.450,40. El Tribunal hizo lugar al reclamo y ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado efectúe el pago íntegro del capital más intereses.

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Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Ángel Domingo Sciorra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de capital por apremio provincial en el monto de Pesos UN MILLON TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 40/100 ($1.039.450,40), más intereses conforme a lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio provincial, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado efectúe el pago íntegro del capital reclamado de $1.039.450,40 más los intereses desde la interposición de la demanda (19/2/2025) hasta su efectivo pago. Fundamentos principales de la decisión: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio Fiscal: Calle AV DE LA DEMOCRACIA 106
- Loc. CHIVILCOY, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC)." El Tribunal fundamentó su decisión en la falta de oposición de excepciones legítimas por parte del demandado dentro del plazo legal establecido. Una vez vencido este término sin que el demandado presentara defensas válidas, se consideró perdido su derecho a hacerlo, por lo que procedió a hacer lugar al reclamo del Fisco conforme a lo dispuesto en los artículos 7, 25 y concordantes de la Ley 13406, artículos 540 y 549 del CPCC, y artículo 2 inciso 8 y 76 bis del CPCA. Asimismo, se impusieron las costas al demandado vencido conforme al artículo 51 inciso 1º del CPCA (texto según ley 14.437), y se constituyó su domicilio en los estrados del juzgado mediante el acta de mandamiento de fecha 21/02/2025, ordenándose que las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.

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