MERLUCCIO VIVIANA GABRIELA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se dicta declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Viviana Gabriela Merluccio. El Tribunal declara como herederos a los hermanos de la causante, Adriana Carmen Merluccio y Ricardo Fabio Merluccio, conforme a las disposiciones del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: Dra. Natalia Verónica Villamón, en carácter de peticionaria en el trámite sucesorio.
¿A quién se demanda?
Procedimiento universal de sucesión ab-intestato de Viviana Gabriela Merluccio (DNI 20.729.608).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita se dicte declaratoria de herederos de la causante Viviana Gabriela Merluccio, fallecida el 11 de mayo de 2024 en Mar del Plata.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara que, por fallecimiento de Viviana Gabriela Merluccio, le suceden en carácter de herederos sus hermanos Adriana Carmen Merluccio y Ricardo Fabio Merluccio. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal constata mediante certificados adjuntos el fallecimiento de la causante Viviana Gabriela Merluccio ocurrido el 11 de mayo de 2024, y acredita además que ambos progenitores de la causante premueren: la madre María Inmaculada De Ieso (fallecida el 16 de junio de 1995) y el padre Felipe Luis Merluccio (fallecido el 21 de noviembre de 2019). Con los certificados de nacimiento se acredita el nacimiento de los hermanos de la causante: Adriana Carmen Merluccio (7 de abril de 1965) y Ricardo Fabio Merluccio (1 de febrero de 1971). Se verifica el cumplimiento de los requisitos procedimentales: se acredita la publicación de edictos conforme al artículo 734 inciso 2do. del Código Procesal Civil, con vencimiento del plazo resultante según certificación del Actuario. Asimismo, consta que se han recibido informes debidamente certificados del Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos e IPS. La resolución se dicta "de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424, 2438, 2439 y 2440 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.", conforme a las disposiciones que rigen las sucesiones ab-intestato.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: