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SISI JUAN RAMON S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declara la sucesión ab-intestato de Juan Ramón Sisi, fallecido el 17 de octubre de 2025. El Tribunal reconoce como herederas universales a su cónyuge Carmen Itati Ayala y sus hijas Sharon Yael y Hanna Yael Sisi Ayala, conforme a los artículos del Código Civil y Comercial. ---

Sucesion ab-intestato Herederos universales Codigo civil y comercial Conyuge Hijas Fallecimiento Bienes propios Gananciales Edictos Primera instancia

Quién demanda: Carmen Itati Ayala, Sharon Yael Sisi Ayala y Hanna Yael Sisi Ayala.

¿A quién se demanda?

A la sucesión ab-intestato de Juan Ramón Sisi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de herederos universales en la sucesión del causante Juan Ramón Sisi, fallecido el 17 de octubre de 2025.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Juan Ramón Sisi, le suceden en carácter de únicas y universales herederas sus hijas Sharon Yael y Hanna Yael Sisi Ayala, y su cónyuge Carmen Itati Ayala, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Se ordenó el cese de la intervención de la Agente Fiscal. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró probados los siguientes hechos: "Que con la partida de fs. 2 se ha justificado en legal forma el fallecimiento del causante JUAN RAMON SISI, ocurrido el 17 de octubre de 2025." Asimismo, "Que con el certificado de fs. 1 se acredita su matrimonio con CARMEN ITATI AYALA, acto celebrado el 4 de diciembre de 2024, naciendo de dicha unión sus hijas: SHARON YAEL (fs. 6), el 6 de julio de 2004 y HANNA YAEL (fs. 5), el 7 de enero de 2016." La decisión se fundamentó en lo dictaminado por la Sra. Agente Fiscal (fs. 39) y la Asesora de Incapaces (fs. 45), así como en lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, y los artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, que regulan las sucesiones ab-intestato y las formalidades del trámite sucesorio. El Tribunal tuvo por acreditada la publicación de edictos mediante diarios y recibos (fs. 36), cuyo resultado negativo fue informado por la Actuaria. ---

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