RICCI DANIELA ALEJANDRA C/ VILLALOBO BRAIAN MARCELO S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951
Ejecución de honorarios de mediación por incumplimiento de pago. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución en contra del demandado por la suma de 8,69 JUS arancelarios más aportes previsionales e intereses compensatorios desde la mora acaecida el 15 de diciembre de 2022.
Quién demanda: Daniela Alejandra Ricci (DNI 32.190.414)
¿A quién se demanda?
Braian Marcelo Villalobo (DNI 38.843.356)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios de mediación conforme a la Ley 13.951, por incumplimiento de pago de aranceles derivados de una instancia de mediación.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó llevar adelante los procedimientos ejecutivos en contra del demandado hasta tanto efectúe íntegro pago de la cantidad adeudada.
Fundamentos principales de la decisión:
"Toda vez que el demandado BRAIAN MARCELO VILLALOBO
- DNI 38.843.356 -, debidamente intimado de pago, embargo y citado de remate mediante el mandamiento diligenciado bajo responsabilidad de la parte actora en el domicilio de la CALLE REPUBLICA DE CUBA Y POSADAS, COVENDIAR, DUPLEX 6 SEXTOR A, EZPELETA, QUILMES, Pcia. de Buenos Aires, no compareció dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa verbalmente el actuario en este acto (INFORME POR MANDAMIENTO / MANDAMIENTO INFORMADO) tiénesele por constituido domicilio en los Estrados del Juzgado y por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse (arts. 41, 116, 155, 540 y ccs. cod. proc.)."
"Por lo expuesto, en mérito a las constancias de autos y a lo normado por los arts. 518, 521 y 540 y cc. del ritual, Decreto n° 600/21 PE, y Ley 13951, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto BRAIAN MARCELO VILLALOBO
- DNI 38.843.356
- haga a DANIELA ALEJANDRA RICCI -DNI Nro. 32.190.414
- íntegro pago del capital reclamado, que asciende a la cantidad de OCHO JUS ARANCELARIOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (8,69) con más el 10% de aportes previsionales sobre dicho rubro, todo con más sus intereses compensatorios calculados a la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones normales de descuento a treinta días (tasa activa) en la misma moneda los que deberán liquidarse desde la mora acaecida el 15/12/2022 -fecha de cierre de la instancia de mediación conforme acta acompañada en PDF
- y hasta el efectivo pago."
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