BALBUENA RAMON ANIBAL C/ CHANG JUNG KUANG Y OTRO/A S/ RECONOCIMIENTO Y COMPENSACION MEJORAS
El demandante promovió acción de reconocimiento y compensación de mejoras contra Chang Jung Kuang y otro/a. El Tribunal tuvo por desistida la acción de la parte actora, imponiéndole el pago de costas procesales.
Quién demanda: Balbuena Ramón Aníbal
¿A quién se demanda?
Chang Jung Kuang y Otro/a
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento y compensación de mejoras
¿Qué se resolvió?
El Tribunal tuvo por desistida la acción promovida por la parte actora, dando por concluídas las presentes actuaciones e imponiendo al demandante el pago de costas procesales conforme a lo establecido en el artículo 73 del Código Procesal Civil y Comercial. Fundamentos principales de la decisión: "Atento lo pedido y de conformidad con lo dispuesto por el art.304 del C.P.C.C. tiénese a la parte actora por desistida de la acción y por concluídas las presentes actuaciones e impónense a la misma las costas (art. 73 del C.P.C.C.)." La sentencia se fundamenta en la aplicación del artículo 304 del Código Procesal Civil y Comercial, que regula el desistimiento de la acción. Como consecuencia del desistimiento, se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes: DRA. ROSA ALEJANDRA BALAGUER en la suma de 192 JUS (equivalentes a $9.545.000 al tipo de cambio vigente del 22/05/2025) y DRA. SILVINA A. PADULA en la suma de 87,03 JUS, de conformidad con lo dispuesto en el decreto 600/21 artículo 31.
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