CANACARI FRANCO C/ TABAREZ LUCAS MARTIN S/ EJECUCION HONORARIOS
El letrado Franco Canacari promovió demanda de ejecución de honorarios por USD 10.000 contra Lucas Martin Tabarez. El Tribunal rechazó in límine la demanda por falta de título ejecutable, toda vez que el pacto de honorarios no se encontraba homologado.
Quién demanda: Dr. Franco Canacari, letrado en causa propia.
¿A quién se demanda?
Sr. Lucas Martin Tabarez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios correspondientes a la suma de USD 10.000 (dólares estadounidenses diez mil), en virtud del pacto de honorarios celebrado por las diligencias realizadas en el proceso n°3355 en trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal n° 7 del Departamento Judicial de General San Martín, donde el profesional intervino como abogado defensor del imputado.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal rechazó in límine la demanda de ejecución de honorarios, sin imposición de costas. Fundamentos principales: El Tribunal expresó: "Que de las constancias agregadas en autos se desprende que no se encuentra acreditado al día de la fecha, la homologación del pacto de honorarios presentado en autos por el letrado. Cabe señalar que a los efectos de promover una ejecución de honorarios, resulta menester la existencia de un título pasible de ejecución (art. 498 del CPCC). En el caso, sería el acuerdo de honorarios homologado con mas la determinación de los honorarios firme e impaga, lo que no ocurre en los presentes." La sentencia cita jurisprudencia estableciendo que: "frente a cualquier eventual incumplimiento de lo que fuera objeto del acuerdo, si alguno de los interesados lo quisiera ejecutar, debería estar homologado (art. 498 inc. 1º del CPCC)". El Tribunal concluyó: "De las constancias acompañadas correspondientes a dicho proceso surge que existe una regulación de honorarios a favor del peticionante dictada con fecha 12/7/2022, por la cantidad de cuarenta Jus (40 JUS), de las cuales no hay constancia de percepción o reclamo alguno (art.8 Ley arancelaria). En virtud de todo ello, normativa y jurisprudencia citadas, y toda vez que al día de la fecha el peticionante no cuenta con título susceptible de ejecución, corresponde rechazar in limine la demanda intentada por el Dr. Canacari Franco, la que podrá ser iniciada una vez que cuente con los recaudos pertinentes (art. 498 y cc del CPCC y 54 de la ley de honorarios)."
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