L.A. s/ abuso sexual
Se rechazó la apelación de la defensa contra el auto de procesamiento sin prisión preventiva por abuso sexual con acceso carnal reiterado y el embargo preventivo trabado sobre los bienes del imputado, confirmándose ambas medidas al entender que existían elementos de convicción suficientes y que la e
Actor: Defensa técnica de A.L. Demandado: Auto dictado por Jueza subrogante del Juzgado Penal Juvenil de Río Gallegos Objeto: Apelación contra: (i) procesamiento sin prisión preventiva por "abuso sexual con acceso carnal reiterado" (art. 119, tercer párrafo CP); (ii) embargo preventivo por $ 2.000.000. Decisión: SE RECHAZA la apelación. Se confirman el procesamiento y el embargo preventivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal rechazó los agravios esgrimidos. Respecto del argumento sobre la situación vulnerable del imputado y sus hijas, aclaró que el procesamiento no es condena definitiva y que la consideración de atenuantes corresponde a la etapa de sentencia. En cuanto a la alegada indefensión y violación de garantías, determinó que la defensa técnica tuvo acceso a las actuaciones y amplias facultades de impugnación, y que las pruebas son reproducibles en el debate oral. Rechazó la crítica al dictamen pericial, estableciendo que "el dictamen pericial no obliga al juez, quien debe someter dicho elemento de juicio a su consideración, a la luz de las reglas de la sana crítica racional", y que corresponde una ponderación global de pruebas: "Para un adecuado análisis de los delitos contra la integridad sexual no es dable efectuar una interpretación fragmentaria y aislada de las pruebas…sino que se precisa de una ponderación global de los elementos de cargo". Finalmente, aclaró que el monto del embargo es estimativo en la etapa procesal provisional, sujeto a ajuste en sentencia.
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