Dorinka S.R.L. (Ley 24.240 Defensa del Consumidor) s/ Recurso Directo
Se rechazó el recurso directo interpuesto por DORINKA S.R.L. contra la multa de $750.000 impuesta por la Dirección General de Defensa del Consumidor por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor, al no respetarse el precio publicitado en góndola al momento de cobrar en caja.
Actor: DORINKA S.R.L. (supermercado "Chango Más") Demandado: Dirección General de Defensa del Consumidor de La Pampa Objeto: Recurso directo contra acto administrativo sancionatorio que impuso multa de $750.000 por violación de artículos 4, 8, 8 bis, 10 bis, 19 y 27 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Decisión: SE RECHAZA el recurso directo y se confirma la sanción impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que existe violación clara a los deberes consumeriles al no respetar el precio publicitado en góndola. Conforme al art. 7 de la LDC, toda oferta obliga al emisor durante su vigencia, y el art. 8 establece que "las precisiones formuladas en la publicidad, anuncios, prospectos u otros medios de difusión se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan a la empresa oferente". La sentencia destaca que "lo realmente tutelado es la confianza del consumidor, representada en la legítima expectativa de que el bien o servicio ofrecido al público sea objeto de adquisición en los términos y modalidades pactadas". El tribunal rechazó el argumento de la empresa sobre reintegro posterior, considerando que la infracción se configura en el momento mismo de cobrar un precio superior al publicitado, y que el ofrecimiento de devolución solo después del reclamo administrativo no elimina la infracción consumada. Asimismo, se acreditó trato indigno al consumidor (art. 8 bis) por la falta de reconocimiento inmediato de la diferencia y la actitud de poner en duda las pruebas fotográficas presentadas.
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