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López Beatriz Cristina c/ Ruff Milton y otros s/ compensación económica

Se reclamó una compensación económica tras el cese de una unión convivencial por fallecimiento. El tribunal decidió que la causa debe tramitar ante el Juzgado Civil correspondiente al proceso sucesorio.

Compensacion economica Union convivencial Sucesion Fuero de atraccion Derechos patrimoniales Codigo civil y comercial Competencia judicial Cese de convivencia Herencia.


¿Quién es el actor?

Beatriz Cristina López

¿A quién se demanda?

Milton Ruff y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Compensación económica por cese de unión convivencial

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara resolvió que la acción debe tramitar ante el Juzgado Civil N° 3, donde se encuentra el juicio sucesorio, dado que "los efectos jurídicos patrimoniales derivados del cese de la unión convivencial deberán canalizarse en el ámbito del juicio sucesorio". Se citó el artículo 524 del CCCyC, que establece el derecho a compensación por desequilibrio económico tras la ruptura de la convivencia.

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