Logo

Cesación de cuota alimentaria: S., J. C. C/ F., M. DEL C. y M. R., S.

Se reclamó la cesación de la cuota alimentaria a favor de la hija por haber alcanzado la mayoría de edad. El tribunal decidió hacer lugar a la demanda, considerando insuficiente la prueba presentada para mantener la obligación alimentaria.

Cesacion Cuota alimentaria Mayoria de edad Estudios Insuficiencia probatoria Codigo civil Derechos alimentarios Familia Justicia gratuita.


¿Quién es el actor?

J.C. S.

¿A quién se demanda?

M. DEL C. F. y M. R. S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cesación de cuota alimentaria.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal fundamentó su decisión en que la hija, a pesar de haber cumplido 21 años, no acreditó de manera suficiente que su formación académica le impida sostenerse. Se citó el artículo 663 del Código Civil y Comercial, que establece que la obligación alimentaria persiste hasta los 25 años solo si se demuestra la imposibilidad de autosustento debido a estudios.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar