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Galíndez, José Elías -homic. culp. agravado- s/ rec. de casación c/ auto interl. nº 03/20 de expte. Nº 263/15

El imputado José Elías Galíndez solicitó la suspensión del juicio a prueba, la cual fue denegada por el Juzgado Correccional. La Corte de Justicia confirmó la decisión, considerando que la solicitud fue extemporánea y que no se cumplían los requisitos legales.

Homicidio Suspension del juicio a prueba Casacion Extemporaneidad Derecho de defensa Ley penal Inhabilitacion Jurisprudencia Principio tempus regit actum.


¿Quién es el actor?

José Elías Galíndez

¿A quién se demanda?

Juzgado Correccional de Primera Nominación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Suspensión del juicio a prueba

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte determinó que el recurso de casación era admisible, pero que la solicitud de suspensión del juicio a prueba fue presentada fuera de plazo, aplicando el principio "tempus regit actum". Además, se reafirmó que no corresponde la probation en delitos con pena de inhabilitación, citando jurisprudencia relevante.

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