Sesto de Leiva, Amelia del Valle c/ Estado Provincial s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad
Se reclamó la inconstitucionalidad del artículo 195 de la Constitución Provincial que limita la inamovilidad de los magistrados a los 65 años. El tribunal decidió admitir la acción y otorgar la medida cautelar de no innovar.
¿Quién es el actor?
Dra. Amelia del Valle Sesto de Leiva
¿A quién se demanda?
Estado Provincial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad del Art. 195 de la Constitución Provincial
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal declaró su competencia para entender en la acción de inconstitucionalidad, argumentando que la acción directa solo requiere un agravio a un derecho constitucional. Se consideró que la Dra. Sesto de Leiva, como Ministro de la Corte, tiene un interés legítimo en cuestionar la norma que afecta su inamovilidad, lo que justifica la medida cautelar solicitada.
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