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BENITEZ MIRIAM Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN Y OTRO s/ INC. APELACIÓN MED. CAUTELAR

Se reclamó la restitución de la provisión de agua potable para el Sector Toma 2 de Mayo de Neuquén, tras la interrupción del servicio. El tribunal decidió confirmar la medida cautelar a favor de los amparistas, reconociendo el acceso al agua como un derecho humano fundamental.

Agua Derecho humano Medida cautelar Provision de agua Salud Derechos economicos Sociales y culturales Jurisdiccion Competencia Servicio publico.


¿Quién es el actor?

Benitez Miriam y otros

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Neuquén

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Restitución de la provisión de agua potable

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que "el acceso al agua es una necesidad humana innegable" y que la medida cautelar se justifica en la protección de un derecho humano fundamental. Se destacó que el derecho al agua está reconocido en múltiples tratados internacionales y es esencial para la vida y la salud de las personas.

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