BRAVO Rosa Elena c/ Sucesorio Federico Cantoni s/ Incidente Ejecución Honrarios Dra. Medina Tonelli
La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente el mandamiento de toma de posesión ordenado a favor de los adquirentes en subasta, disponiendo que se ejecute sin alterar la posesión ancestral que ejerce la Comunidad Huarpe Salvador Talquenca sobre el inmueble en cuestión, conforme a sus derechos consti
Actor: Comunidad Huarpe Salvador Talquenca (tercero incidentista) Demandado: Herederos de Federico Cantoni (ejecución); Savall Sergio Gustavo y Quiroga Conte Grand Leonardo Daniel (adquirentes en subasta) Objeto: Nulidad/revocación del mandamiento de toma de posesión de inmueble subastado, invocando derechos de propiedad y posesión ancestral de comunidad indígena. Conflicto entre derechos de propiedad privada y propiedad indígena. Decisión: SE HACE LUGAR PARCIALMENTE. Se revoca el mandamiento respecto de sus términos, ordenando que la toma de posesión se ejecute "sin alterar los términos de la posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupa la Comunidad Huarpe Salvador Talquenca."
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal reconoce que "el derecho de propiedad ha sido reconocido a las comunidades indígenas en la Constitución e instrumentos suscriptos por el Estado Nacional con igual rango," invocando el bloque de constitucionalidad y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Comunidad adujo contradicción con sentencia de 2012 que suspendió la ejecución conforme a la Ley 26.160, y sostuvo violación del derecho de defensa en juicio. El tribunal advierte "la necesidad de armonizar los intereses de los involucrados" y reconoce que la posesión ancestral e inmemorial de la Comunidad debe protegerse. Sin embargo, condiciona la ejecución a que no se altere esa posesión tradicional, permitiendo al tiempo la inscripción del 50% del inmueble subastado, reservando acciones posteriores que la Comunidad pueda promover para efectivizar sus pretensiones de propiedad.
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