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Vallejo de Korstanje, Sara c/ Colegio San Juan El Precusor S.R.L. s/ Cobro de pesos

La actora reclamó el reconocimiento de su relación laboral con el Colegio San Juan El Precursor S.R.L. tras su jubilación. El tribunal decidió que existió continuidad en la relación laboral y que la actora tiene derecho a indemnización por despido.

Relacion laboral Jubilacion Indemnizacion Continuidad Doctrina de los actos propios Buena fe Contrato de trabajo Prescripcion Derechos laborales.


¿Quién es el actor?

Sara Vallejo de Korstanje

¿A quién se demanda?

Colegio San Juan El Precursor S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de la relación laboral tras jubilación y pago de indemnización.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal destacó las contradicciones del demandado al reconocer la relación laboral y aplicó la doctrina de los actos propios, afirmando que la actora continuó trabajando tras su jubilación, lo que no impide la existencia del vínculo laboral. Se citó que "la presunción de la existencia del contrato de trabajo operará igualmente aún cuando se utilicen figuras no laborales", y se concluyó que el reingreso del jubilado no extingue su antigüedad.

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