Incidente de incompetencia en autos NN, NN sobre 125 - promoción o facilitación de la corrupción de menores
Se planteó un incidente de incompetencia entre dos juzgados respecto a una causa de corrupción de menores. El tribunal decidió que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 17 es competente para continuar con el caso.
¿Quién es el actor?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 17
¿A quién se demanda?
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 28
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de incompetencia en causa de corrupción de menores
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 17 debía continuar con la causa, respaldándose en el dictamen del Fiscal General Adjunto, que subrayó la falta de investigación previa en la declinación de competencia. Además, se citó el precedente "Bazán", que establece que los conflictos de competencia entre magistrados no federales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben ser resueltos por el Tribunal Superior de Justicia local.
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