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S., B. N. en autos caratulados: M., N. A. y M., G. R. s/ Guarda Preadoptiva Expte. N° 896/2016 s/ Medida Cautelar

La madre del niño L. G. I. solicitó una medida cautelar de no innovar en su estado de familia, que fue inicialmente rechazada. La Cámara de Apelaciones revocó esa decisión, ordenando la suspensión de los procesos de familia hasta la sentencia definitiva.

Medida cautelar Estado de familia Derechos del nino Acceso a la justicia Debido proceso Intervencion de la asesoria de familia Nulidad Proteccion integral Ccyc Arbitrariedad.


¿Quién es el actor?

Sra. B. N. S.

¿A quién se demanda?

Estado

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar de no innovar en el estado de familia del niño L. G. I.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara de Apelaciones consideró que la falta de intervención de la Asesoría de Familia vulneró derechos del niño, afectando su acceso a la justicia y el debido proceso. Se citó el art. 103 del CCyC y se argumentó que la omisión de escucha y participación en el proceso justificaba la nulidad de la sentencia.

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