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Acuerdo N° 194

Se analizó la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial en causas en trámite bajo la normativa anterior. El tribunal decidió que las sentencias de grado se revisarán conforme a la ley vigente al momento de su dictado, evitando la retroactividad.

Codigo civil y comercial Aplicacion Retroactividad Seguridad juridica Derecho de defensa Debido proceso Consumo juridico Transicion normativa.


¿Quién es el actor?

Cámara de Apelaciones de Chubut

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aplicación del nuevo Código Civil y Comercial

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara establece que la nueva ley no tiene aplicación retroactiva, sino que rige para hechos en curso al momento de su sanción. Se resalta la importancia de preservar derechos constitucionales y la seguridad jurídica, evitando que sentencias previas sean revisadas bajo el nuevo régimen, lo que podría vulnerar el derecho de defensa y el debido proceso.

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