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S., G. Y. c/ D., P. A. y otro s/ ALIMENTOS

Se reclamó el establecimiento de una cuota alimentaria a favor de un menor, y el tribunal decidió confirmar parcialmente la sentencia de primera instancia, fijando un porcentaje del salario del progenitor como cuota alimentaria.

Alimentos Cuota alimentaria Progenitor Abuelo Necesidad Obligacion subsidiaria Jurisprudencia Derecho de familia Capacidad economica Justicia.


¿Quién es el actor?

G. Y. S.

¿A quién se demanda?

P. A. D. y R. R. D.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuota alimentaria para el menor.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó los agravios de la actora, destacando que la obligación alimentaria de los abuelos es subsidiaria y requiere demostrar la imposibilidad del progenitor para cumplir. Se concluyó que el 20% del salario del demandado es adecuado, considerando las necesidades del menor y la situación económica del progenitor.

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