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O., Y. L. c/ L., L. D. y otro s/ alimentos

El alimentante L. D. L. apeló la resolución que fijó su cuota alimentaria en un 35% de sus ingresos, argumentando su insuficiencia para cubrir sus necesidades. El tribunal admitió parcialmente el recurso, revocando la fecha de inicio de la cuota a la interposición de la demanda.

Alimentos Cuota alimentaria Retroactividad Derechos del nino Capacidad economica Mediacion Jurisprudencia Responsabilidad parental Necesidades basicas Porcentaje de ingresos.


¿Quién es el actor?

L. D. L.

¿A quién se demanda?

I. B. L. (representado por su madre)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuota alimentaria

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el juez de primera instancia realizó un análisis exhaustivo de las necesidades del menor y de las posibilidades económicas del alimentante, fijando la cuota en un 35%. Sin embargo, se revocó la fecha de inicio de la obligación alimentaria, estableciéndola a partir de la interposición de la demanda, en concordancia con el artículo 132 de la LPF, que establece que la retroactividad debe aplicarse si no se deduce la demanda dentro del plazo estipulado.

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