A., A. M. y otra c/ G., C. A. G. s/ ordinario filiación
Dos mujeres apelaron la condena al pago de costas en un juicio de filiación contra un fallecido al que consideraban padre. La Cámara revocó la decisión y eximió a las actoras del pago de costas por existir razón para litigar, dado el trato paternal recibido y la socioafectividad acreditada.
¿Quién es el actor?
L. P. A. y A. N. M. A. (demandantes-apelantes)
¿A quién se demanda?
G. C. A. G. (fallecido) y sus herederos (demandados-apelados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra imposición de costas en demanda de filiación que resultó rechazada por prueba de ADN negativa
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR al recurso. Se revoca la condena en costas y se establecen por su orden (cada parte soporta las propias)
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal reconoce que la "razón para litigar" como excepción al principio de derrota (art. 65 CPCC) requiere elementos objetivos que demuestren convicción razonable del derecho defendido, apoyados en buena fe. En el caso existía posesión de estado: las actoras fueron criadas creyendo que el demandado era su padre, él les dispensó trato de hijas, participaba en eventos familiares, y el Equipo Técnico Interdisciplinario acreditó socioafectividad. Aunque la prueba de ADN desvirtió el vínculo biológico, la Sala concluye que "se encuentra configurada la causal de eximición invocada y que debió beneficiar a las accionantes", considerando además la necesidad de que estos asuntos se precedan de prueba anticipada de pericia biológica, lo cual no era presupuesto legal obligatorio al tiempo de ejercer la acción.
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