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Genero, Anastasia c/ Pomarola S.R.L. y otros s/ queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad

Trabajadora rechaza queja por inconstitucionalidad contra sentencia de Cámara que modificó tasas de interés en condena laboral. La Corte desestima el recurso por ausencia de cuestión constitucional idónea y por tratarse de discrepancia sobre hechos y derecho común.

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Actor: Anastasia Génaro (trabajadora) Demandado: Pomarola SRL y otros Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra pronunciamiento de Cámara de Apelación en lo Laboral que modificó parcialmente la condena laboral, específicamente la tasa de interés fijada para accesorios de una indemnización por cobro de pesos en materia laboral. Decisión: SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema de Santa Fe rechaza la queja por dos órdenes de razones. Primero, advierte que aunque pudiera superarse el obstáculo de admisibilidad por falta de adecuado mantenimiento de la cuestión constitucional y deficiencias en la suficiencia de la pieza recursiva, los cuestionamientos de la actora reflejan "su distinto parecer con la solución adoptada" en materia de accesorios. Los reproches, pese al "matiz constitucional que aspira otorgarles", se relacionan con "análisis de hechos y derecho común, que se encuentra reservado al prudente arbitrio de los jueces de la causa". En segundo término, la Corte considera que la motivación de la Cámara es suficiente y se ajusta al artículo 131 de la Constitución provincial. El Tribunal de origen fundamentó su decisión en las "circunstancias especiales que rodean el caso", particularmente en que la resolución de grado se dictó en junio de 2022 y los autos se elevaron "pasado casi un año", considerando las variables económicas del período. Respecto a la prohibición de indexación, la Corte señala que la Sala sustentó su respuesta "expresamente en la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación". Concluye que "la conclusión a la que arribaron los judicantes podrá o no ser compartida por la interesada, pero en la medida en que no se demuestre un apartamiento del derecho a la jurisdicción, no puede descalificarse por inconstitucional".

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