C., G. O. s/ abuso sexual gravemente ultrajante, etc.-
La Corte de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de un docente condenado por múltiples abusos sexuales agravados contra menores. El tribunal confirmó la condena a 28 años de prisión, desestimando los cuestionamientos sobr
Actor: Defensa del imputado G.O.C. Demandado: Estado (a través del Tribunal de Apelación en lo Penal de Venado Tuerto y la Corte de Justicia de Santa Fe) Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra sentencia condenatoria por abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores agravados, cometidos en calidad de encargado de la educación contra múltiples víctimas menores de edad. Se cuestionó: (i) arbitrariedad fáctica en la valoración probatoria; (ii) arbitrariedad normativa en el encuadre legal; (iii) excesividad de la pena (28 años); y (iv) vulneración de garantías constitucionales. Decisión: SE RECHAZA el recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte desestimó los agravios defensivos por múltiples razones. Respecto de la arbitrariedad fáctica, sostuvo que la defensa efectuó "mera reiteración de los efectuados en las instancias ordinarias" sin lograr "delinear una cuestión que habilite la competencia extraordinaria de esta Corte". Enfatizó que la Cámara "analizó pormenorizadamente las críticas defensivas y concluyó que éstas no poseían entidad suficiente para contrarrestar el cúmulo de pruebas de cargo producidas en el debate que acreditaban -con la certeza exigida para el dictado de una condena
- la existencia de los numerosos hechos de abuso sexual denunciados y la responsabilidad penal del imputado".
La Corte rechazó también que existiera vulneración de principios constitucionales por considerarlos "mera alusión a normas y principios de raigambre superior" sin demostración de "la relación directa e inmediata entre el derecho o garantía invocado y lo ocurrido en la causa", aplicando así el estándar de admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad provincial. Respecto a la alegada pena excesiva, la Corte señaló que los planteos sobre proporcionalidad tampoco alcanzaban a demostrar violación constitucional idónea en competencia extraordinaria.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: