V., C. A. y otros c/ Provincia de Santa Fe s/ queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad
La Provincia de Santa Fe impugnó la denegación de un recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que la condenó por daños y perjuicios en una muerte fetal. La Corte Suprema de Santa Fe admitió el recurso y concedió la inconstitucionalidad, reabriendo la instancia extraordinaria.
¿Quién es el actor?
Provincia de Santa Fe
¿A quién se demanda?
V., C.A. y otros (demandantes originarios en el juicio de daños y perjuicios)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que denegó la apelación extraordinaria en causa de daños y perjuicios por muerte fetal; cuestiona la valoración de prueba pericial médica, omisión de prueba documental y protocolo sanitario, alegando arbitrariedad y violación del derecho de defensa.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR (se admite la queja y se concede el recurso de inconstitucionalidad; reapertura de instancia extraordinaria).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría del tribunal (cuatro magistrados) consideró que "las postulaciones de la recurrente cuentan prima facie con suficiente asidero en las constancias de la causa e importan articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia de excepción." Se reconoció que la Provincia articuló cuestiones serias respecto de la valoración probatoria, omisión de pruebas documentales (protocolo nacional de salud, artículos científicos) y defectos en la pericia médica, lo que permitió abrir excepcionalmente el recurso. En disidencia, el Ministro Erbetta sostuvo que la impugnación resultaba inadmisible porque "la valoración o apreciación de las pruebas de autos no superaba el límite impuesto por el artículo 42, inciso 1, de la ley 10160" y que la Provincia intentaba renovar "un debate ya agotado en las instancias ordinarias" sobre cuestiones de hecho y valoración probatoria, materia propia de jueces ordinarios y ajena al recurso de inconstitucionalidad.
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