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Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Santa Fe s/ queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad

Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa pública contra la denegación del habeas corpus colectivo por supuesto uso abusivo y sistemático de aislamiento en el pabellón 8 de Coronda, considerando que no se configuró violación del derecho a jurisdicción ni se acreditó ar

Habeas corpus colectivo Inconstitucionalidad Aislamiento penitenciario Derecho a jurisdiccion Practica sistematica abusiva Ley 14243 Medidas disciplinarias Privacion de libertad Trato inhumano y degradante Legitimacion activa.

Actor: Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Santa Fe (en representación de internos del pabellón 8 de la Unidad Penitenciaria de Coronda). Demandado: Autoridades penitenciarias y administrativas de la Provincia de Santa Fe. Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra sentencia que rechazó habeas corpus colectivo y correctivo por denunciado uso abusivo, sistemático y contrario a ley de medidas de aislamiento conforme artículo 32 de ley 14243. Decisión: SE RECHAZA el recurso de inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe consideró que, si bien la Cámara de Apelación ingresó al análisis de la legitimación activa para interponer habeas corpus colectivo, no existía gravamen constitucional atendible en esa cuestión por haberse efectivamente analizado el fondo del reclamo. Respecto de la denuncia de uso abusivo y sistemático del aislamiento, la Corte convalidó la fundamentación de la Alzada que sostuvo: "los argumentos invocados por la compareciente constituían una reiteración de planteos ya formulados y debidamente analizados". La Cámara verificó que el aislamiento provisional respondía a "alteraciones en la sana convivencia entre los internos", sin constancia de privación de alimentos, agua potable ni novedades médicas. Rechazó la existencia de "patrón repetitivo, organizado y deliberado en la aplicación de las medidas de aislamiento respaldado por pruebas concretas que muestren que dichas acciones responden a una lógica estructurada con fines abusivos". La Corte concluyó que los reproches no "suscitan cuestión idónea que justifique el acceso a la vía extraordinaria" y que los presentantes "sólo traducen su distinto parecer con la solución adoptada".

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