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R.,J M.; M. A. ; G.N.; C.,S.L.; V.M s/ Protección de persona

Se apeló la designación de un Asesor de Incapaces como abogado del niño en un proceso de protección de persona. El tribunal revocó dicha designación, ordenando que un Defensor Oficial Civil asuma el rol de abogado del niño.

Abogado del nino Asesor de incapaces Defensa tecnica Derechos del nino Proteccion de persona Convencion sobre los derechos del nino Ley 26.061 Defensor oficial Incompatibilidad de funciones Acceso a la justicia.


¿Quién es el actor?

Asesora de Incapaces

¿A quién se demanda?

Juez de Responsabilidad Penal Juvenil

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Designación de abogado del niño

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la designación del Asesor de Incapaces como abogado del niño es incompatible con su función de defensa de los intereses del menor. Se destacó que el abogado del niño debe representar sus intereses particulares, mientras que el Asesor actúa en defensa de derechos más amplios, lo que genera un conflicto de roles. Por ello, se resolvió que el Defensor Oficial Civil debe asumir el rol de abogado del niño, garantizando así su derecho a una defensa técnica adecuada.

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