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El imputado Gastaldi apeló el rechazo del sobreseimiento por lesiones leves y amenazas contra el abogado Francione. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia por insuficiencia de certeza negativa para otorgar el sobreseimiento, disponiendo continuar el proceso en el estadio de debate oral.
Quién demanda: Matías Francione (víctima-denunciante), representado por la acción pública.
¿A quién se demanda?
Alberto Ramón Gastaldi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se imputa a Gastaldi los delitos de Lesiones Leves y Amenazas en concurso ideal (arts. 89, 149 bis y 54 del C. Penal). Objeto de la demanda: Agresión física y amenaza de muerte ocurrida el 27 de febrero de 2025, aproximadamente a las 19:00 hs, en la escribanía Maspoli, ubicada en calle Mitre e Italia de la ciudad de Chacabuco. Según la denuncia, sin mediar palabras, Gastaldi se abalanzó contra Francione, agarrándolo del cuello y propinándole golpes de puño en el rostro, para luego insultarlo y amenazarlo manifestando que lo iba a matar. La víctima sufrió lesiones consistentes en un hematoma occipital.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que no hace lugar al sobreseimiento solicitado por la defensa de Gastaldi, disponiendo que la cuestión continúe siendo ventilada en el estadio procedimental correspondiente (debate oral). Fundamentos principales de la decisión: La defensa de Gastaldi impugnaba la resolución rechazando el sobreseimiento, alegando errónea apreciación de la prueba y cuestionando la relación causal racional entre el hematoma occipital disperso que presenta el denunciante en fotografías y el hecho que motiva las actuaciones, afirmando que se trataría de una lesión de antigua data. El Tribunal, analizando la plataforma fáctica, consideró que existía suficiente material probatorio que sustentaba las imputaciones. En este sentido, destacó el testimonio coincidente de los tres clientes presentes en el momento de los hechos (Marina, Patricia y Roberto Dionisio), quienes ratificaron las manifestaciones de la víctima. Asimismo, el escribano Nicolás Máspoli confirmó la versión de Francione al manifestar en su parte pertinente: "...Estando en mi oficina con el Dr. Williams y habiendo permanecido los restantes mencionados en la sala de firmas, comencé a sentir ruidos y gritos no pudiendo reconocer las voces. Por tal motivo, me trasladé a la sala de firmas de forma inmediata y cuando entré le pedí al Sr. Gastaldi salir de la sala, ya que el Dr. Francione refería que lo había agredido...". Se agregaron a la investigación fotografías que ilustran el hematoma en cuestión y un certificado médico suscripto por la médica María Virginia Pardo del Hospital de Chacabuco, el cual da cuenta de la constatación de un cefalohematoma occipital, lesión caracterizada como leve por la médica de policía Betina Rosales. Frente a la cuestión central controvertida —fundamentalmente respecto de la data de las lesiones denunciadas y el mecanismo de producción—, la Cámara advirtió la necesidad de que un profesional de la medicina arroje luz sobre la temática, así como la necesidad de escuchar a todas las partes e incorporar información referente a otra denuncia efectuada en 2023 contra Gastaldi por daños/incendio de un alambrado. El Tribunal concluyó que "no se observa presente la certeza negativa que requiere el instituto reclamado motivo por el cual necesariamente la cuestión debe ser ventilada en el otro estadio procedimental". En este sentido, el Tribunal recordó que "El sobreseimiento es una sentencia absolutoria dictada con anticipación y hace cosa juzgada con respecto a la persona a cuyo favor se dicta (art. 322 del CPP). De ahí que su operatividad no puede sostenerse cuando haya incertidumbre." El Tribunal propuso la confirmación de la resolución de primera instancia por encontrarse "ajustada a derecho", determinando que en el marco del más amplio debate oral y con plena vigencia de los principios que abastecen el sistema acusatorio —inmediación, concentración, publicidad, bilateralidad, contradicción, oralidad y congruencia—, el apelante podría reiterar sus argumentaciones o bien aportar otras que hagan a la defensa de los derechos e intereses de su asistido.
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