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SOLANO RAFAEL HERNAN EDUARDO C/ CENTURION VIOLETA Y OTROS S/ DESPIDO

Actor promovió demanda por indemnización por despido contra tres demandados solicitando $50.000. El Tribunal de Trabajo decretó la perención de instancia por inactividad procesal de la actora, rechazando implícitamente el reclamo indemnizatorio.

Perencion de instancia Caducidad de instancia Inactividad procesal Despido Indemnizacion Procedimiento laboral Intimacion Ley 15.057 Costas Tribunal de trabajo

Quién demanda: Solano Rafael Hernán Eduardo, por medio de su abogado Dr. Paternay Fernando Rubén.

¿A quién se demanda?

Andrade Enrique Manuel, Centurión Violeta y Andrade Luis Manuel.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de la suma de $50.000 en concepto de indemnización por despido.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Trabajo Nº 1 de Lomas de Zamora decretó la perención de la instancia con costas al actor. Fundamentos principales: El Tribunal sostuvo que "la caducidad de la instancia, medio anormal de terminación del proceso, sólo tiene cabida excepcionalmente en el procedimiento laboral, previa intimación, en aquellos casos en que la conducta procesal de las partes obstaculiza la actividad impulsiva del Tribunal. Es decir cuándo la inactividad de los litigantes obsta el impulso procesal de oficio, característico en éste Fuero (arts. 11 y 12 ley 15.057)." Siguiendo doctrina legal de la Superior Corte de Justicia de Buenos Aires, el Tribunal señaló que "para definir la extinción -anormal
- del proceso de este modo debe efectuarse una intimación previa, en los precisos términos del segundo párrafo del art. 11 de la ley 15.057 y bajo el expreso apercibimiento allí dispuesto, sin necesidad de reiterar dicho emplazamiento frente a eventuales incumplimientos de las partes" (SCBA 4/5/2016 causa L. 118.247 "Olivieri, Alejandro Alfredo contra Don Yeyo SA Accidente de trabajo. Acción especial"). Constatado que la actora no realizó actividad útil desde el 24/09/2025, pese a la intimación de fs. 162 debidamente notificada, "lo que evidencia un total desinterés en continuar con el trámite de las actuaciones, corresponde hacer efectivo el apercibimiento contenido en la aludida intimación y decretar perimida la instancia, con costas a la actora (arts. 11, 12, 24 y 27 ley 15.057, 310 y conc. del CPCC)." Regulación de honorarios: Se regularon los honorarios del Dr. Paternay Fernando Rubén en la suma de $101.994, más el 10% de ley e IVA si correspondiera, conforme a los trabajos realizados hasta el 20 de octubre de 2017.

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