Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PROARMET SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra PROARMET SA por cobro de deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de la suma de $2.569.847,70 más intereses conforme la ley fiscal aplicable.

Apremio provincial Deuda tributaria Fisco Ejecucion fiscal Falta de oposicion Intimacion de pago Codigo fiscal Procedimiento de apremio Deuda vencida Intereses fiscales

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

PROARMET SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de deuda tributaria mediante procedimiento de apremio provincial por la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 2.569.847,70)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar al apremio provincial, ordenando continuar la ejecución hasta el pago íntegro de la deuda reclamada más intereses, impuso costas al demandado vencido y constituyó domicilio en los estrados del Juzgado. Fundamentos principales de la decisión: "Habiendo sido el demandado PROARMET SA intimado de pago en el domicilio de calle VARELA JOSE PEDRO 3231 Piso:5° Depto.:B CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." La resolución se fundamenta en la falta de oposición de excepciones legítimas por parte del demandado dentro del plazo legal establecido, lo que configura la pérdida del derecho procesal de contradicción. Conforme lo prescripto en la ley 13.406 y los artículos 540, 549 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial, se ordena continuar con la ejecución. "A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 12-03-26 y hasta su efectivo pago." Se establecen intereses según la normativa fiscal aplicable desde la fecha de interposición de la demanda (12 de marzo de 2026) hasta el pago efectivo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar