FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ E.C.P.A.TIGRE S/ APREMIO PROVINCIAL(310)
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires ejecutó al E.C.P.A. TIGRE por deuda tributaria de $319.273,30. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución al vencerse el plazo para oponer excepciones, imponiendo las costas al demandado vencido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Fisco de la Provincia de Buenos Aires A quién se demanda (Demandado): E.C.P.A. TIGRE Qué se reclama (Objeto de la demanda): Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de Pesos TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 30/100 ($319.273,30), derivado de deuda tributaria. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio provincial, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto E.C.P.A. TIGRE haga íntegro pago de la deuda. Se impusieron las costas a la demandada. Fundamentos principales de la decisión: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)." El tribunal fundamentó su decisión en la falta de oposición de excepciones legales por parte de la demandada dentro del plazo legal establecido, lo que provocó la pérdida del derecho de defensa. La resolución se sustenta en los artículos 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406 (Ley de Procedimiento Tributario de la Provincia de Buenos Aires), que regulan el trámite de apremio provincial. Se aplicarán los intereses establecidos conforme al art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (11/04/2025) hasta su efectivo pago. Se constituyó en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada conforme a los arts. 7, 13 de la Ley 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.
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