DIPIERRI HECTOR JAVIER S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se dicta declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Héctor Javier Dipierri. El tribunal reconoce como herederos universales a los tres hijos del causante y a su cónyuge, conforme a las disposiciones del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: Los herederos del causante Héctor Javier Dipierri: sus hijos Javier Alberto Dipierri, Paula Andrea Dipierri y Camila Dipierri, junto con su cónyuge Devora Andrea Mora.
¿A quién se demanda?
A la sucesión ab-intestato de Héctor Javier Dipierri.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos conforme a las disposiciones del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires (CPCC).
¿Qué se resolvió?
El tribunal declara en cuanto ha lugar por derecho que los herederos sucesores del causante Héctor Javier Dipierri son sus hijos Javier Alberto Dipierri, Paula Andrea Dipierri y Camila Dipierri en carácter de herederos universales, y su cónyuge Devora Andrea Mora en carácter de heredera de los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los gananciales que la ley le reconoce. Fundamentos principales de la decisión: "Que de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA, se acredita el fallecimiento de HECTOR JAVIER DIPIERRI, ocurrido el día 08/02/2026." "Que éste había contraído matrimonio con DEVORA ANDREA MORA el día 19/05/1983, según partida incorporada en el proceso. Que de la mencionada unión nacieron: JAVIER ALBERTO DIPIERRI, el día 29/11/1983, PAULA ANDREA DIPIERRI, el 29/04/1985 y CAMILA DIPIERRI, el 24/10/1994." "Que con los diarios y recibos acompañados en formato PDF al escrito en despacho, se acredita la publicación de edictos que prevee el art. 734 inc. 2º del CPCC, y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del CPCC. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del CPCC, y arts. 2337, 2424, 2426, 2433 del C.C. y C.N., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de HECTOR JAVIER DIPIERRI, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JAVIER ALBERTO DIPIERRI, PAULA ANDREA DIPIERRI y CAMILA DIPIERRI y su cónyuge DEVORA ANDREA MORA a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: