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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LESCANO MIGUEL ANGEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires demandó al Sr. Lescano por cobro sumario de saldos adeudados en dos tarjetas de crédito (Visa y Mastercard) por un total de $338.248,94. El Tribunal hizo lugar a la demanda condenando al demandado al pago de la suma reclamada más intereses, por encontrarse en rebeldía.

Cobro sumario Tarjetas de credito Saldos adeudados Rebeldia Ley 25.065 Intereses bancarios Costas procesales Mora Contratos de emision de tarjeta.

Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Miguel Ángel Lescano

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro sumario de suma de dinero por saldos adeudados en dos tarjetas de crédito: Visa por $139.409,05 y Mastercard por $198.839,89, totalizando $338.248,94.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a Miguel Ángel Lescano a abonar el monto total de $338.248,94 dentro de diez días de quedar firme la sentencia, más los intereses pactados en los contratos de tarjeta de crédito respetando los límites establecidos en los artículos 16 y 18 de la Ley 25.065. Se impusieron las costas al demandado. Fundamentos principales de la decisión: "Ante la rebeldía de la demandada, es necesario estar a la veracidad de los hechos expuestos por la actora, que deben tenerse por ciertos juntamente con la documentación acompañada, por no existir elementos que contradigan sus requerimientos, punto que la jurisprudencia ha aceptado pacíficamente desde el momento que la garantía en juicio no ampara la negligencia de las partes (cfr. CS. Fallos: 205-92; 206-232; 268-129, entre otros, también en L.L., 127-489, CNCiv., sala D, en L.L., 130-408 y Repertorio La Ley, XXVIII, 919)." "En tal inteligencia, tengo por cierto la deuda reclamada por el préstamo bancario y por los resúmenes de las tarjetas de crédito Visa, las cuales surgen de la documentación adunada a la demanda y los incumplimientos denunciados (arg. art. 354 inc. 1 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires)." "Al saldo adeudado del resumen de la tarjeta de crédito Visa ($139.409,05), desde el 2 de mayo de 2022 y hasta su efectivo pago, se aplicará el interés oportunamente pactado por las partes en el contrato de tarjeta de crédito siempre y cuando ello no supere los límites que imponen los arts. 16 y 18 de la Ley 25.065, en cuyo caso, habrán de respetarse estos últimos."

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