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RASGIDO NAHIARA GERALDINE S/ INFORMACION SUMARIA

Nahiara Geraldine Rasgido promovió información sumaria para acreditar convivencia con Exequiel Alejandro Velasquez Morales. El Tribunal acreditó la convivencia previa a la privación de libertad del demandado sobre la base de declaraciones testimoniales contestes.

Informacion sumaria Acreditacion de convivencia Concubinato Declaraciones testimoniales Procedimiento probatorio Privacion de libertad Servicio penitenciario Testimonio Contradiccion Prueba unilateral

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Nahiara Geraldine Rasgido (DNI 47.480.052) A quién se demanda (Demandado): Exequiel Alejandro Velasquez Morales (DNI 47.282.428) Qué se reclama (Objeto de la demanda): Acreditación de convivencia entre las partes ante la Unidad Penal 19 del Servicio Penitenciario de Saavedra. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): Se acreditó que Exequiel Alejandro Velasquez Morales convivía, antes de quedar privado de su libertad, con Nahiara Geraldine Rasgido. Se ordenó expedir testimonio del caso para su entrega a la interesada. Fundamentos principales de la decisión: "Conforme fuera expuesto en la providencia del 24/04/2026 la información sumaria es un procedimiento probatorio prima facie, dotado de cierto carácter de provisoriedad, y que debe agregarse a los demás hechos que deben surgir de prueba complementaria que ha de aportarse a la testimonial ofrecida, ya que las declaraciones testimoniales no hacen plena prueba, quedando librada su apreciación al arbitrio judicial. Son probanzas unilaterales en el sentido que han sido producidas sin las garantías del contradictorio." "Del informe remitido mediante mail oficial por la Unidad Penal 19 del Servicio Penitenciario de Saavedra, agregado al trámite de fecha 6/05/2026, surge que el Sr. Velasquez Morales, declaró al momento de su ingreso a la Unidad Penal 19 del Servicio Penitenciario de Saavedra el domicilio de calle Santa Maria n°651 de esta ciudad. Asimismo, no declaro persona alguna en carácter de concubina. A su turno, se celebraron las audiencias testimoniales donde los testigos que declararon fueron contestes en que el Sr. Velasquez Morales y la Sra. Rasgido eran convivientes, desconociendo la dirección donde vive el Sr. Velasquez Morales y la Sra. Rasgido." "Es por todo lo expuesto, ha quedado probado, sin perjuicio de lo que surge del informe expedido por la Unidad Penal 19 del Servicio Penitenciario de Saavedra y atento a las declaraciones testimoniales producidas en autos, que convivan en el período próximo anterior a que este último fuera privado de su libertad, lo que así declaro."

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