Incidente Nº 1 - AGRUPACION POLITICA: PARTIDO IZQUIERDA POPULAR s/CADUCIDAD
El Partido Izquierda Popular fue declarado en caducidad de su personalidad política por no presentar sus libros contables correspondientes al ejercicio 2024. El Juzgado Federal de La Plata fundamentó su decisión en el incumplimiento de las normativas legales sobre la presentación de estados contables.
Actor: Juzgado Federal de La Plata Demandado: Partido Izquierda Popular Objeto: Reconocimiento de partido y cumplimiento de presentación de libros contables Decisión: Se declara la caducidad de la personalidad política del partido por falta de presentación de libros contables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 23.298 regula el funcionamiento de los partidos políticos, estableciendo, en su artículo 50, las causales de caducidad de su personalidad política."
"A pesar de haber sido intimado a presentar junto a sus estados contables correspondientes al ejercicio económico del período 2024 los libros previstos por el art. 37 de la ley 23.298 y el art. 21 de la ley 26.215, el partido no ha dado cumplimiento a tal requerimiento."
"Por las razones expuestas, normas legales y jurisprudencia citadas, RESUELVO: 1.
- Declarar la caducidad de la personalidad política del 'PARTIDO IZQUIERDA POPULAR' de este distrito, por hallarse incurso en la causal prevista en el art. 50 inc. 'd' de la ley 23.298."
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